Hijos y niñez (NNA)

Reconocimiento de paternidad

Acción de reclamación de filiación para que el padre biológico sea reconocido legalmente, con derechos hereditarios y obligación alimentaria.

Honorarios referenciales

Desde $400.000

Modalidad

Suma alzada

Cuando un padre no quiere reconocer voluntariamente a su hijo, la ley permite demandar la paternidad. La prueba reina es el examen de ADN, que el tribunal puede ordenar y cuya negativa injustificada constituye presunción grave.

Una vez reconocida la paternidad, el hijo tiene derecho a alimentos, herencia y al apellido paterno. Trabajo también casos de impugnación o nulidad de paternidad cuando corresponda.

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